Con enorme gusto compartimos con nuestras organizaciones hermanas
que trabajan en la lucha de los derechos a la comunicación, y al público en general, la
sentencia de amparo que pone fin al juicio emprendido por Telecomunicaciones Indígenas
Comunitarias (TIC A.C.) en contra de la negativa del Instituto Federal de Telecomunicaciones
(IFT) a exentar a esta asociación indígena del pago de derechos por el uso del espectro
radioeléctrico concesionado para la prestación del servicio de telefonía celular comunitaria.
El párrafo de la sentencia que a continuación presentamos, será sin duda un instrumento
substancial en la defensa del derecho humano a comunicar:
"En consecuencia, al haber resultado fundados los agravios de la revisión principal e infundados los de la revisión adhesiva, lo procedente es revocar la sentencia sujeta a revisión y conceder el amparo y protección de la Justicia de la Unión a la parte quejosa, para el efecto de que la autoridad responsable deje insubsistente la resolución reclamada y en su lugar emita otra de manera fundada y motivada en donde, mediante una interpretación pro persona y privilegiando los derechos de los pueblos y comunidades indígenas de acceder a las telecomunicaciones, así como a adquirir, operar y administrar medios de comunicación, cuyo ejercicio debe hacerse en condiciones de no discriminación, y mediante la adopción de medidas que llevaran a asegurar su diversidad cultural en dichos medios, en términos de los artículos 1°, 2, y 6°, resuelva sobre la exención solicitada. "
Consulta el comunicado completo: Comunicado Redes A.C
Consulta la sentencia completa: Sentencia