
Con ocho votos a favor y dos en contra, los ministros declararon que dichas concesiones y permisos son sólo competencia de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), al mismo tiempo que declararon inconstitucional que el titular de SCT otorgue prórrogas, refrendos o modifique las concesiones.
El Pleno de la Corte coincidió en que el titular del Ejecutivofederal se extralimitó en sus facultades al emitir el reglamento interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, pues sobrepasó lo que estipula la Ley Federal de Radio y Televisión.
Es por ello que declararon la inconstitucionalidad de la fracción XVIII del artículo quinto del reglamento que facultaba al secretario de Transportes otorgar concesiones, permisos y prórrogas en materia de radiodifusión.