
Por mayoría, el pleno de ministros rechazó las atribuciones del secretario de Comunicaciones para aprobar los programas de concesión de frecuencias de radiodifusión; es decir, de radio y televisión gratuitas, así como para declarar desiertas las licitaciones que sean convocadas por la Cofetel con la finalidad de otorgar concesiones en esta materia.
El Alto Tribunal culminó el análisis de la controversia constitucional promovida por la Cámara de Diputados en contra del presidente Felipe Calderón y concluyó que éste se extralimitó al dar atribuciones al titular de la SCT que, por ley, sólo le corresponden a la Cofetel.
Invalidó, asimismo, la facultad del secretario para aprobar el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias, donde se indican los tipos de servicios de telecomunicaciones que se pueden operar y su categoría en cada banda de frecuencia.
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