sábado, 13 de junio de 2009

Que se respete el derecho de indígenas a tener medios: CDI

Emir Olivares Alonso
La Jornada, 16 febrero 2008.
Si bien en la Constitución se garantiza el derecho de los pueblos indígenas a tener sus medios de comunicación, en la práctica no se concreta porque no se les reconoce como personas jurídicas y las leyes quedan “como letra muerta”, sostuvo la subdirectora de enlace con el Sistema de Radiodifusoras Culturales Indigenistas de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), Citlali Ruiz Ortiz.

Al participar en un seminario sobre radiodifusión indígena en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, la funcionaria dijo que ante ese vacío legal, la comisión ha entablado contacto con el Senado para que en la nueva ley de radio y televisión se tome en cuenta ese derecho.

Comentó que la postura de la CDI es que se cumplan los derechos indígenas, como determina el artículo 2 constitucional, el cual señala que “deben establecerse las condiciones para que los pueblos y comunidades indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación”. Esa disposición no se cumple –dijo– porque la legislación actual sólo otorga concesiones y permisos a personas morales y físicas; “los pueblos no tienen figura (legal), y por ello no se les conceden los permisos”.

Señaló que la comisión presentó a los senadores un documento en el que propone que la nueva legislación en la materia incluya un reglamento para que las radios públicas –educativas, universitarias, estatales y comunitarias– puedan trabajar de mejor manera y con beneficio para la sociedad.

“Es justo que existan reglas especiales para radios públicas y radios indígenas independientes, porque la ley vigente les pide las perlas de la virgen para darles una concesión o permiso, y cuando se logran reunir los requisitos, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes nunca contesta las peticiones.”